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RESUMEN:
El Área Metropolitana de Guadalajara (AMG) enfrenta inundaciones urbanas recurrentes que la administración pública local continúa catalogando bajo las figuras de caso fortuito o fuerza mayor, reduciendo su intervención a esquemas asistenciales reactivos. Frente a este problema, esta investigación analiza la viabilidad jurídica de configurar la inacción estatal en la construcción de infraestructura de adaptación preventiva como una falta administrativa omisiva, susceptible de activar la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado de Jalisco y sus Municipios. Para ello, se empleó una metodología cualitativa con diseño dogmático-jurídico, analítico y propositivo, articulada en cuatro fases que contrastaron las normas administrativas locales y la jurisprudencia con la información técnica del Atlas Metropolitano de Riesgos gestionado por el IMEPLAN y el Plan de Acción Climática Metropolitano (PACMET). Como principales resultados, se demostró que la disponibilidad de datos de riesgo elimina el criterio de imprevisibilidad de las inundaciones en zonas críticas como El Deán o Plaza del Sol, configurando la inacción gubernamental como una deficiencia en la prestación de servicios públicos que vulnera el derecho a la ciudad y a la sostenibilidad territorial. Se concluye que la imprevisibilidad es insostenible en la era de la información ambiental, por lo que es indispensable transitar hacia un estándar de Diligencia Climática Informada que redefina la actuación administrativa, promueva la exigibilidad presupuestal en infraestructura de resiliencia y garantice mecanismos de reparación integral comunitaria frente a la vulnerabilidad socioambiental.
Palabras clave: Gobernanza climática, responsabilidad patrimonial, Área Metropolitana de Guadalajara, omisión adaptativa, resiliencia comunitaria, sostenibilidad.
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